1. Consultoría en Prevención de riesgos laborales:
La Prevención de Riesgos Laborales es un área muy amplia y multidisciplinar. Por esta razón son muchos los campos en los cuales podemos asesorarle. Entre ellos destacamos los siguientes:
Asesoramiento sobre la organización de la prevención exigible a su actividad
Asesoramiento externo en la elaboración de Evaluaciones de Riesgos Laborales para todas las modalidades preventivas
Asesoramiento técnico en la gestión de la prevención. (Información a los trabajadores, planificación de la actividad preventiva, control y coordinación de actividades empresariales, investigación de accidentes, etc.)
Asesoramiento en Prevención de Incendios.
Asesoramiento en Seguridad de Máquinas. (Marcaje CE, Informe de adecuación de las máquinas y equipos de trabajo al RD 1215/97
Informes técnicos de cumplimiento de la normativa referente a Prevención de Riesgos Laborales (ruidos, iluminación, confort térmico, etc.)
Certificados de montaje e instalación de medios auxiliares (andamios) y maquinaria (grúas)
2. Planes de Autoprotección y Emergencias:
En cumplimiento de la Ley 31/1995 todas las actividades deben disponer de un Plan de Autoprotección.
Las actividades incluidas en el anexo I de la Norma Básica de Autoprotección, aprobada por el Real Decreto 393/2007, deberán realizar y registrar en el órgano competente un Plan de Autoprotección que se ajustará a los requisitos establecidos en el anexo II de la Norma Básica de Autoprotección.
Los Planes de Autoprotección y Emergencias son elaborados por ingenieros especialistas en seguridad contra incendios y titulados en técnico superior en prevención de riesgos laborales.
3. Evaluación Inicial de Riesgos Laborales:
Tratando los siguientes aspectos:
Identificación de riesgos de accidentes de trabajo
Propuesta de eliminación de los riesgos que sean evitables
Estimación de la magnitud de los riesgos que no pueden ser evitados
Propuesta de medidas de prevención y actividades adicionales no incluidas anteriormente (adecuación de máquinas, riesgos de incendios, atmósferas explosivas, etc.)
Dicha Evaluación de Riesgos será concertada con un Servicio de Prevención Externo, colaborador habitual de nuestra empresa.
4. Plan de Prevención:
El Plan de Prevención de Riesgos Laborales deberá incluir la estructura organizativa, las responsabilidades, las funciones, las prácticas, los procedimientos, los procesos y los recursos necesarios para realizar la acción de la prevención de riesgos en la empresa (Art.2.2.de la Ley 54/2003).
5. Plan de Seguridad y Salud:
El plan de seguridad y salud en el trabajo es el documento o conjunto de documentos elaborados por el contratista ajustables en el tiempo, que coherentes con el proyecto y partiendo de un estudio o estudio básico de seguridad y salud adaptado a su propio sistema constructivo, permite desarrollar los trabajos en las debidas condiciones preventivas. Al plan se pueden incorporar, durante el proceso de ejecución, cuantas modificaciones sean necesarias.
6. Estudio Básico de Seguridad y Salud:
El estudio básico deberá precisar las normas de seguridad y salud aplicables a la obra. A tal efecto, deberá contemplar la identificación de los riesgos laborales que puedan ser evitados, indicando las medidas técnicas necesarias para ello; relación de los riesgos laborales que no puedan eliminarse conforme a lo señalado anteriormente, especificando las medidas preventivas y protecciones técnicas tendentes a controlar y reducir dichos riesgos y valorando su eficacia, en especial cuando se propongan medidas alternativas. En su caso, tendrá en cuenta cualquier otro tipo de actividad que se lleve a cabo en la misma, y contendrá medidas específicas relativas a los trabajos incluidos en uno o varios de los apartados del anexo II.
Consultoría Prevención | Planes Autoprotección | Estudio de Seguridad | Plan de Salud